aprobaron el Dictamen de la “Iniciativa de Ley por la que se reforma y adiciona la fracción V, del artículo 65, de la Ley de Tránsito para el Estado de Querétaro, en materia de límites de velocidad para garantizar la seguridad vial en entornos escolares”; presentado por la Comisión de Movilidad Sustentable y Tránsito.
El objetivo es reformar el artículo 65, fracción V, de la Ley de Tránsito para el Estado de Querétaro, para establecer el límite de velocidad de 20 kilómetros por hora en entornos escolares que se ubiquen en vías secundarias y calles terciarias y de hasta 30 kilómetros por hora en vías primarias y carreteras, para garantizar la movilidad y la seguridad vial de niñas, niños y adolescentes que transitan por esas áreas.
Se incluye además que, cuando los vehículos se aproximen a un autobús de transporte escolar esté detenido, con luces intermitentes activadas, también deberá reducirse la velocidad a un máximo de 20 kilómetros por hora en entornos escolares que se ubiquen en vías secundarias y calles terciarias y de hasta 30 kilómetros por hora en vías primarias y carreteras, debido a que en esos momentos se da el ascenso y descenso de niñas, niños y adolescentes, lo que aumenta el riesgo de atropellamientos. Asimismo, se establece que los vehículos deberán hacer alto total en los cruces peatonales escolares, cuando el personal de las escuelas muestre la señal de alto, para permitir el cruce seguro de estudiantes niñas, niños o adolescentes.
En otro punto del día, aprobaron el Dictamen de la “Iniciativa del H. Ayuntamiento a la LIX Legislatura del Estado que promueve la reforma al Decreto por el que se crea el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de Cadereyta de Montes, Qro.”; presentado por la Comisión de Gobernación, Administración Pública y Asuntos Electorales.
De acuerdo a las necesidades de la sociedad actual, las dependencias y organismos estatales y municipales han cambiado de denominación, o bien han cambiado sus atribuciones, lo que hace necesario que el citado decreto se modifique, actualizando su contenido en apego a las leyes estatales y federales que le otorgan competencia, con el objetivo de fortalecer y consolidar las acciones que se emprendan, para el cuidado de los derechos de la sociedad del Municipio de Cadereyta de Montes, Qro. Así, con el afán de velar por los derechos de las más vulnerables como lo son niñas, niños y adolescentes en estado de abandono, adultos mayores y personas con discapacidad.
En este sentido, la administración pública municipal se encuentra obligada a elaborar un diseño institucional que dé una respuesta efectiva a las necesidades de la sociedad, logrando con ello una tutela de los derechos de menores para que estos tengan asegurado un pleno desarrollo.
Asimismo, aprobaron el Dictamen de la iniciativa de “Decreto por el que se reforman diversas disposiciones del Decreto que crea el Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de Peñamiller, Qro.”; presentado por la Comisión de Gobernación, Administración Pública y Asuntos Electorales.
En los considerandos del dictamen se destaca que, todos los entes públicos, como garantes de los derechos de las y los queretanos, se encuentran obligados a elaborar un diseño institucional que brinde una respuesta efectiva a las necesidades de la sociedad, la cual en su dinamismo exige la continua transformación del aparato gubernamental hacia niveles de eficiencia más altos y acciones de mayor impacto, alcance y trascendencia.
De igual manera, aprobaron el Dictamen de la “Iniciativa de reforma los artículos 1 fracciones III, VI, VIII y IX artículo 3 inciso d), artículo 7 y 9 del Decreto que crea el Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de Landa de Matamoros, Querétaro”; presentado por la Comisión de Gobernación, Administración Pública y Asuntos Electorales.
El Municipio de Landa de Matamoros, Qro., como garante de los derechos reconocidos a favor de las y los habitantes de esa demarcación territorial, especialmente a favor de los grupos vulnerables como lo son niñas, niños y adolescentes, adultos mayores y personas con discapacidad, así como demás grupos vulnerables se encuentra obligado a elaborar un diseño institucional que dé una respuesta efectiva a las necesidades de la sociedad, la cual en su dinamismo exige la continua transformación de sus organismos en favor de la sociedad.
En otro punto del día, los legisladores aprobaron el Dictamen de la Iniciativa de reforma del Decreto para la modificación de denominación y facultades de la Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familia del Sistema Municipal DIF de Arroyo Seco, por Procuraduría de Niñas, Niños y Adolescentes del Sistema Municipal DIF de Arroyo Seco, Qro., toda vez que el crecimiento de la población ha generado un crecimiento natural de las problemáticas sociales ante las cuales el municipio debe responder de manera eficiente, es por ello que ante la necesidad de prestar servicios de asistencia social que abarquen a un mayor número de ciudadanos que sus condiciones físicas, mentales, jurídicas o sociales así lo requieran, es imperativo fortalecer el Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia, proporcionándole un ordenamiento actualizado que regule su organización y funcionamiento, que establezca atribuciones para los órganos que lo conforman apegadas a la normatividad vigente, con la finalidad de enfrentar la nueva realidad social.
La reforma propone que entre sus funciones, la procuraduría impulse el sano crecimiento físico, mental y social de las niñas, niños y adolescentes; propicie la creación de establecimientos de asistencia social en beneficio de los niños, adolescentes, adultos mayores, personas con discapacidad, sin recursos suficientes y en situación de abandono o descuido; preste gratuitamente servicios de asistencia jurídica en materia familiar y de orientación social a niñas, niños y adolescentes así como grupos minoritarios, étnicos y sin recursos.
Asimismo, propone que el titular de la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes se encargue de proporcionar orientación, asesoría y asistencia legal de niñas, niños, adolescentes del municipio de Arroyo Seco en materia de derecho familiar, actuando con interés jurídico ante autoridades y tribunales competentes cuando se consideren afectados los derechos humanos de este grupo vulnerable.
El pleno de la LX Legislatura también aprobó el Dictamen de la Iniciativa de Acuerdo por la Legislatura del Estado exhorta al municipio de Corregidora para que integre un Órgano Especializado de Atención de las Migraciones y a los diecisiete municipios restantes para que sus órganos de Atención a los Migrantes reciban por nombre: Comisión de Atención de las Migraciones, debido a que el estado es considerado un lugar de origen, tránsito, destino y retorno de migrantes nacionales e internacionales. Es por esta razón que el flujo migratorio se ha incrementado a tal grado que actualmente constituye más del 20% del crecimiento poblacional. El Censo de Población 2020 del Inegi, registró que el movimiento migratorio se ha duplicado en el estado en los últimos 10 años, contabilizando a más de 680 mil inmigrantes y más de 211 mil emigrantes.
A su vez, el Inegi desglosó el flujo migratorio de 2015 al 2020 de la siguiente manera: el número de personas procedentes de otros estados de la República es superior a 195 mil; son más de 60 mil personas quienes salieron de la entidad para vivir en otros estados; y la cifra de queretanas y queretanos que salieron del estado para radicar en el extranjero, es superior a los 18 mil. Partiendo de las cifras, las principales causas de la migración en el Estado son: reunirse con la familia, buscar trabajo, cambio u oferta de trabajo, inseguridad delictiva o violencia o estudios. De acuerdo con datos proporcionados por el Consejo Estatal de Población, Querétaro, en el estado residen alrededor de 24 mil extranjeros procedentes de más de 75 países.
Con base a los altos índices de migración antes mencionados que registra el estado y debido a los complejos procesos de adaptación e integración que estos grupos requieren, resulta indispensable crear órganos homologados que permitan un acceso fácil e inmediato para las personas migrantes.
En el último punto del orden del día se aprobó el Dictamen de Acuerdo por el que la Sexagésima Legislatura exhorta a los dieciocho municipios a efecto de que se destinen recursos suficientes a las dependencias municipales de las mujeres, ya que el orden de gobierno más inmediato, a la ciudadanía, son las instancias municipales, por ello, a efecto de estar en condiciones de garantizar los referidos derechos, se hizo evidente la necesidad de contar con un organismo gubernamental cuya actividad fuera la atención de las mujeres, satisfaciendo así la necesidad de contar con una instancia provista de las facultades y los recursos suficientes, para coordinar políticas públicas encaminadas a mejorar las condiciones de las mujeres en cada uno de los municipios.
En atención a esto, cada uno de los municipios ha designado partidas presupuestales a los diversos institutos, para el cumplimiento de sus obligaciones y el ejercicio de sus atribuciones, incluso en municipios como Corregidora han modificado su naturaleza y se convirtió en una secretaría de la administración municipal, sin embargo, para garantizar el pleno funcionamiento de estos, los recursos que asignen deben de ser suficientes.
Además de que se detectó la necesidad que imperaba en el tema y se planeó esta iniciativa, con la cual se pretende que no solo se le sigan asignando recursos a los institutos o dependencias especialistas de la materia, sino que sus presupuestos sean progresivos y suficientes para el total cumplimiento de sus atribuciones, pues solo así se asegurará que en los municipios y en el estado, exista un eficiente marco jurídico y administrativo, y que además sea suficiente, tutele a las mujeres y proteja sus derechos.